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En el marco del “Plan de Fortalecimiento de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en las Universidades Nacionales” (Ac. Pl. Nº 676/08 y 687/09), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) otorga Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas (Becas EVC – CIN) para estudiantes universitarios de grado que deseen iniciar su formación en investigación en el marco de proyectos que se desarrollen en el ámbito de las instituciones universitarias públicas y que cuenten con financiamiento, en disciplinas científicas, humanísticas, tecnológicas o artísticas.

Se espera que mediante las Becas EVC-CIN se realice una experiencia de un año de duración en el marco de un proyecto de investigación acreditado y financiado de la misma institución en la que se estudia y a partir del cumplimiento de un plan de trabajo propuesto bajo la guía de un o una docente, quien actuará como director o directora de la persona becaria.

Quienes aspiren a las becas deberán cumplimentar los requisitos definidos en el reglamento y presentar la información solicitada en los formularios y fechas correspondientes, conjuntamente con su plan de trabajo acompañado de la documentación probatoria; y deberán contar con los avales de la autoridad competente.

Todas las inquietudes para obtener más información sobre los requisitos y la modalidad de la inscripción de la convocatoria vigente deben dirigirse como mensajes a los correos electrónicos de cada institución universitaria que figuran en la pestaña CONSULTAS de este sitio.

 Bases de la convocatoria 2024

 Reglamento de la convocatoria 2024

 Cronograma de la convocatoria 2024 

Es la etapa en la que se evalúan las postulaciones, y está a cargo de comisiones evaluadoras dependientes de cada Consejo Regional de Planificación de la Educación Superior (llamado también CPRES). Las comisiones deben analizar las presentaciones admitidas, otorgar un puntaje según una grilla establecida y emitir un dictamen fundamentado para cada postulante. Luego, y de acuerdo con las evaluaciones realizadas, se establece  un orden de mérito, que es remitido al CIN.
Se debe estar atento/a al período de presentación de solicitudes de reconsideración. Se recomienda leer el artículo 11 del reglamento de la presente convocatoria.
En esta sección se publican los resultados provisorios de la evaluación por cada CPRES.

RECONSIDERACIÓN DE LA EVALUACIÓN
Una vez publicados los resultados provisorios, aquel/lla postulante que lo considere pertinente puede presentar una solicitud de reconsideración conforme con el cronograma.
Para mayor información, se recomienda leer el “Instructivo para la visualización de dictámenes y carga de solicitudes de reconsideración”, disponible en esta sección.
Una vez finalizado este proceso, el CIN aplica la distribución por cupos entre las instituciones. Aquellas que cuentan con un criterio propio de distribución interna de su cupo lo aplican y las restantes asignan sus becas por orden de mérito entre las postulaciones aprobadas (siempre diferenciando entre titulares y suplentes).

En esta sección se publica el listado provisorio de las presentaciones admitidas y no admitidas.