Tal como establece la reglamentación (Resol. P N° 534/26 – artículo 4°), “el otorgamiento de las becas y el inicio del programa quedarán supeditados a la recepción de los fondos previstos en el presupuesto nacional".
Tal como establece la reglamentación (Resol. P N° 534/26 – artículo 4°), “el otorgamiento de las becas y el inicio del programa quedarán supeditados a la recepción de los fondos previstos en el presupuesto nacional".